Los tres millones de jubilados que realizaron aportes patronales en su etapa laboral activa cobraran en promedio un 37% menos de lo que les correspondería si se hubiese aplicado la ley de movilidad para el trimestre marzo/mayo.
Los seguros de renta vitalicia podrán garantizar un pago a partir de la edad, periodo o cantidad mensual determinada
Que es el seguro de retiro?
Es un esquema de ahorro que, a través de una estructura flexible de aportes, permite una capitalización orientada al mediano y largo plazo, para adquirir una renta futura. Existen dos operatorias:
Retiro individual: utilizada para concretar proyectos, complementar la jubilación y ahorro de largo plazo.
Retiro colectivo: es el contratado por una empresa para brindar un beneficio adicional a sus empleados.
Nosotros vamos a analizar en esta nota el segmento individual que ofrece las siguientes coberturas:
- Pago de una renta al asegurado a partir de una fecha determinada de retiro
- Pago al asegurado de los aportes acumulados, en caso de invalidez total y permanente, antes de la fecha efectiva de retiro
- Pago al beneficiario de los aportes acumulados, en caso de muerte del asegurado, antes de la fecha efectiva de retiro.
Pueden contratarlo las personas físicas o jurídicas. El asegurado debe ser una persona física de entre 18 y 65 años. La edad de permanencia es sin límites. El seguro consta de dos etapas, una de acumulación y otra de renta. En la primera etapa se realizan los aportes desde que se contrata la póliza hasta la fecha prevista de retiro. En caso de fallecimiento, dentro de ese período, del asegurado, se anula la póliza y el fondo disponible se asigna a los beneficiarios.
Los aportes mínimos a realizar son de 25 dólares mensuales. La rentabilidad mínima garantizada en dólares es del 2% anual. Si te interesa hacer una simulación hacé click en el siguiente link https://www.prevencionretiro.com.ar/Simulador
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